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El artículo 50 del reglamento europeo sobre inteligencia artificial impone, a partir del 2 de agosto de 2026, el marcado legible de los contenidos generados por IA. Aleteia relaya una brecha minúscula en la fabricación del falso.
Hemos mostrado, en relación con el acuerdo de aplicación entre Doctolib y un proveedor de IA sobre los datos de salud, cómo la lógica del beneficio digital venía a fagocitar los consentimientos médicos. La pregunta que se plantea a partir del 2 de agosto de 2026 es diferente y más radical: ¿cómo puede un lector, un paciente, un ciudadano saber siquiera que un texto, una imagen, una voz que recibe ha sido fabricado por una máquina? Es el objeto del apartado de transparencia del reglamento (UE) 2024/1689, llamado AI Act, cuyo artículo 50 se vuelve aplicable ese día.
Aleteia (28 de julio de 2026) recuerda el plazo: a partir del 2 de agosto de 2026, los proveedores de sistemas de IA generativa deberán marcar de manera legible por máquina todo contenido sintético, y los desplegadores deberán informar claramente a los usuarios de que un texto, una imagen o una voz ha sido generado o modificado sustancialmente por un sistema de IA. Los hiperfalsificaciones (deepfakes) deben llevar una mención explícita. El artículo 99 del reglamento prevé multas que pueden alcanzar los 15 millones de euros o el 3 % de la facturación anual mundial en caso de incumplimiento significativo.
León XIV, en Magnifica humanitas (24 de marzo de 2026), ha colocado la cuestión de la verdad como criterio primero de evaluación de la IA: toda tecnología debe estar al servicio de la verdad y del bien de la persona. El Mensaje de Francisco para la Jornada Mundial de la Paz 2024, dedicado a la inteligencia artificial y a la paz, recordaba ya que la máquina puede manipular y combinar datos a un nivel inédito, pero que no produce una verdadera interioridad ni un verdadero sentido. El marcado obligatorio es el prolongamiento civil de una exigencia antropológica: el prójimo tiene derecho a la verdad del intercambio, bajo pena de que la palabra misma pierda su función de relación. La doctrina social, en particular Caritas in Veritate (Benedicto XVI, 2009, n° 3), recuerda que actuar en la verdad es el fundamento de toda caridad auténtica.
Los catequistas, periodistas y profesores católicos se convierten en actores de primera línea. La obligación de marcado solo tendrá efecto si instituciones creíbles enseñan a sus interlocutores a leer las menciones, a detectar los hiperfalsificaciones, a desconfiar de ellos. El marcado solo no basta: la formación del juicio sigue siendo cristiana.
El reglamento europeo solo se aplica a los proveedores activos en el mercado de la Unión. Los actores estatales hostiles, las manipulaciones rusas o chinas escaparán técnicamente a la obligación. La brecha es minúscula y no hará retroceder ni la fabricación del falso ni la propaganda. Es un comienzo, no un baluarte.
El fiel está invitado a no recibir ninguna imagen ni audio como inmediatamente verdadero. Dejar que la Iglesia le instruya sobre los instrumentos de discernimiento es ahora una obra de misericordia intelectual.
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Artículo producido por inteligencia artificial, revisado bajo control editorial humano.
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